Desde el mes de octubre del año dos mil nueve, la Iglesia Adventista del Séptimo Día, estuvo presente en las mesas de diálogo para la formulación de una nueva ley de cultos, y luego de un proceso de selección propiciado por el Ministerio de Gobierno, Policía y Culto, se pasó a una segunda etapa para la redacción de un Proyecto de Ley de Libertad e Igualdad Religiosa.
Hasta la primera semana del mes de enero como iglesia adventista se propuso incluir los principios: a) Principio de Laicidad; b) Principio de Igualdad y Equidad Religiosa; c) Principio de Libertad Religiosa; d) Principio de Autonomía; e) Principio de Cooperación. Además, se incorporó un texto que literalmente dice:
Artículo ().-Objeción de conciencia.- Toda persona podrá declarar oportunamente su oposición al cumplimiento de un deber jurídico, en razón de sus convicciones morales y religiosas y en el ejercicio de su libertad de conciencia, pensamiento y religión, sin que este derecho pueda menoscabar otros derechos, ni causar daño a las personas o a la naturaleza. En caso de conflicto entre principios o valores, se aplicará el criterio de ponderación. El objetor que por motivos de conciencia no pueda cumplir con un deber jurídico será eximido de su cumplimiento sin sanción alguna, sin perjuicio de cumplir con la correspondiente prestación sustitutiva si ésta fuera aplicable.
Así también se propuso un artículo en contra de la intolerancia religiosa y que es de gran beneficio para la Iglesia, el mismo que consta de la siguiente forma:
Artículo ().- Alcances del ejercicio individual de la libertad religiosa.- La libertad religiosa comprende, de manera no taxativa, las siguientes facultades de la persona:
k) Guardar el día de descanso que considere sagrado su religión. Se deberán practicar acomodaciones razonables a fin de garantizar su ejercicio sin impedimento ni discriminación alguna.
Sobre este último párrafo, en donde el tema del día de descanso fue respetado y reconocido por el Estado, se presentó mucha oposición por parte de representes de otras iglesias, pero por la gran responsabilidad de buscar algo equitativo y justo para todos, se continúo con el afán de hacer respetar tanto los lugares de culto que constituyen un espacio, como los días de reposo que conforman el tiempo de las entidades religiosas (manifestaciones de sus creencias, garantizadas en la actual constitución).
En la siguiente reunión se trató nuevamente sobre este punto, tanto bautistas, musulmanes como algunos evangélicos apoyaron la propuesta de la Iglesia Adventista; por lo que finalmente el Subsecretario de Gobierno, leyó el artículo propuesto sobre los días de reposo y no recibió ninguna contradicción.
Ahora quedan pendientes dos reuniones más de 8 horas cada una, estas se llevaran a cabo la próxima semana, en donde se espera culminar con la propuesta de Proyecto de Ley, para que finalmente se le entregue a la Asamblea Nacional para su posterior aprobación.
El representante del Departamento Legal de la Iglesia Adventista, Ab. Fernando Muñoz, aseguró que estamos en una etapa de bendición, y a la vez invitó a todos los Adventistas del Ecuador a orar, para que sea Dios quién guíe los procesos y pronto se pueda vivir en Igualdad y Libertad Religiosa.






















